Hermandades

Incremento en las deducciones fiscales por los donativos a hermandades y cofradías

Desde hace tres meses nuestro
país afronta una emergencia sanitaria sin precedentes la cual se ha llevado a
miles de vidas por delante. Tras decretarse el estado de alarma en el país el
14 de marzo, y sus consiguientes prórrogas aprobadas por el Congreso, han sido
decretadas diferentes medidas por parte del Ejecutivo para tratar de contener
la expansión del coronavirus. Además de la crisis sanitaria, existe y existirá
otra relevante, la de carácter económico.

Esta situación ha provocado una
oleada de Reales Decretos legislativos, que afectan en parte a nuestras
Hermandades y Cofradías. El pasado 6 de mayo se publicó el Real Decreto Ley
(RDL), el 17/2020 por el que se aprobaban una serie
de medidas de apoyo al sector cultural y de carácter
tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
En la disposición final segunda de la norma se recoge una modificación de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y que afecta a gran parte
de nuestras asociaciones públicas de fieles y más concretamente a los mecenas
de las mismas.

El acogimiento voluntario de
nuestras organizaciones a la ley de Mecenazgo conlleva una serie de beneficios
fiscales entre los que destaca especialmente las deducciones fiscales de las
que se beneficiarán los mecenas de la organización. Durante los últimos ejercicios los contribuyentes
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que hicieron donaciones a
este tipo de entidades se beneficiaron de las siguientes deducciones
fiscales en sus pagos a la Administración Tributaria:

· 
De los primeros 150 euros donados se podían deducir un 75%.

· 
A partir de dicho importe la deducción sería del 30 %. Sin
embargo, si la donación efectuada fuera igual o superior a las donaciones
realizadas en los dos ejercicios anteriores dicho porcentaje se incrementaría
hasta el 35 %.

Además, no solo las personas
físicas son beneficiarias de este mecenazgo, también lo podrán ser las personas
jurídicas. Las aportaciones efectuadas por estas entidades serán deducibles en
el impuesto sobre sociedades. En este caso, los porcentajes de deducción son
los siguientes:

· 
Con carácter general el 35 % del importe abonado a la entidad.

· 
Al igual que ocurre con las personas físicas, si la donación
realizada es igual o supera la de los dos últimos ejercicios dicho porcentaje
se ve incrementado hasta el 40 %.

Pues bien, la entrada en vigor
del mencionado Real Decreto Ley (RDL), el 17/2020 incrementa para el
ejercicio 2020 el porcentaje de deducción de dichos donativos en un 5 % para
los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así,
para este ejercicio:

-Los primeros 150,00
€ de donación pasan del 75% de deducción al 80%.

-Mientras que el exceso sobre
150€ de donación al año pasan del 30% al 35%. Además, si en los
ejercicios 2018 y 2019 se hubieran hecho donativos a favor de la entidad 
por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio 2020,
sobre el exceso de 150 € se pasa del 35% al 40%.

Por ejemplo, un mecenas que haya
donado durante 2020 a su Hermandad 1.000 euros se verá beneficiado por una
deducción de 417,50 euros mientras que esa misma donación realizada en
ejercicios anteriores le hubiera supuesto una deducción de 367,50 euros.

Tenemos que añadir que dicho
incremento en el porcentaje de deducción no afecta a las personas jurídicas. Es
decir, aquellas entidades que tributan sus beneficios en el impuesto sobre
sociedades no se verán beneficiadas por un incremento en el porcentaje de
deducción.

Ya son miles los fieles
de  Cofradías y Hermandades de Andalucía que están siendo beneficiados
fiscalmente de las aportaciones realizadas a sus entidades. En estos casos, las
cantidades entregadas en concepto de devoción y caridad se ven también
compensadas a la hora de rendir cuentas con la Administración Tributaria y en
este difícil año más si cabe.

Francisco José Pineda Torres

Asesor fiscal

Fundador Contabilidad Cofrade 

http://contabilidadcofrade.com