Liturgia cofrade

La liturgia en la Iglesia católica se define como “el modo como la Iglesia en su cabeza y en su cuerpo místico puede ponerse en contacto y comunicación con Dios, a través de gestos, palabras, ritos y acciones y así poder participar de la maravillosa gracia de Dios, santificarnos y entrar en esa vida íntima de Dios”. Una definición más formal sería “la liturgia es el conjunto de signos y símbolos con los que la Iglesia rinde culto a Dios y se santifica”.

Podemos decir también, que una de las funciones de la liturgia es manifestar a los fieles el distinto valor de las partes de una celebración, siguiendo la idea general de “resaltar lo más importante entre lo importante”, cumpliendo de esta forma una labor formativa hacia el pueblo, con el objetivo de lograr la plena participación física y espiritual de los participantes en los actos de culto.

La liturgia de la Iglesia se encuentra recogida en numerosos libros, siendo los más conocidos los siguientes: instrucción general del misal romano, el misal romano, leccionarios, liturgia de las horas, el pontifical, el ritual, etc… Como norma general, las celebraciones deben seguir lo indicado en ellos, aunque desde el Concilio Vaticano II se puede tener en cuenta la particular situación de la asamblea concreta.

Las Hermandades, como asociaciones de fieles católicas dedicadas al culto privado y público, deben tener en cuenta las normas litúrgicas indicadas por la Santa Madre Iglesia, pero en todo aquello que no entre en contradicción con ellas pueden añadir cuestiones propias. De esta forma, a lo largo de los siglos han ido apareciendo gestos, palabras, ritos, acciones, signos y símbolos, basados en su particular forma de ser, como fruto de su historia, costumbres y tradiciones, tomados de distintos ámbitos, tales como: la vida civil, las órdenes religiosas, la realeza y nobleza, etc…

Estos complementos a la liturgia, que podemos llamar informalmente “liturgia cofrade”, no tienen que ser necesariamente cumplidos por todas las cofradías, al no estar incluidas en la liturgia, aunque si admitidas por la Iglesia. Pueden seguirse o no a criterio de cada Junta de Gobierno en particular, incluso agregar nuevos elementos que no aparezcan, siempre y cuando se basen en el sentido común litúrgico y contando siempre con la aprobación de los Directores Espirituales.

Como última cuestión, sería preciso indicar que las únicas procesiones públicas reguladas por la Iglesia son las eucarísticas y deben organizarse siguiendo la liturgia oficial. Las procesiones con las sagradas imágenes de Jesucristo, Virgen María y los distintos santos no se consideran procesiones litúrgicas y no existe reglamentación sobre ellas, desarrollándose por lo tanto bajo el amparo de la “liturgia cofrade”.

Como opinión personal mantengo que lo que hemos llamado “liturgia cofrade” debe basarse en primer lugar en las normas litúrgicas generales de nuestra Iglesia y después en las costumbres y tradiciones que han ido surgiendo durante los siglos de historia de nuestras instituciones, pues merecen todo nuestro respeto y consideración, como agradecimiento y reconocimiento a cuantos cofrades nos han precedido. Siguiendo esta idea, considero que debemos conservar las características propias de cada asociación de fieles y de cada lugar en particular, y si se desea modificar alguna o añadir nuevas, tener presente que siempre sea cumpliendo la máxima litúrgica nombrada “resaltar lo más importante entre lo importante”. Hay que evitar caer en la tentación de incluir en nuestras celebraciones y procesiones excesivos signos y símbolos, pues en mi opinión, si mostramos al pueblo que todo lo destacamos de forma extraordinaria, lo más digno de resaltar pasará desapercibido.