Desde hace un mes el segundo contrato más cuantioso de la nueva Carrera Oficial se encuentra en el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales y a falta de un mes para que sea Lunes Santo esta situación mantiene en una nueva incógnita la Carrera Oficial isleña.
Y es que con fecha 11 de febrero se presentó al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía un recurso especial en materia de contratación por el segundo de los contratos más cuantiosos de la nueva Carrera Oficial, el destinado al suministro de barandillas perimetrales y separadores para la tribuna de la carrera oficial de la Semana Santa.
Este contrato, adjudicado a la empresa isleña Edificarte Eventos SL por un total de 325.405,30 euros encuentra según la empresa granadina MMC Logística -la misma a la que se le adjudicó el contrato de alquiler de la Carrera Oficial durante los años 2023 y 2024- motivos más que suficientes para que la adjudicación sea anulada.
En dicha fundamentación se asegura que en la fase de apertura del sobre electrónico 2 del procedimiento de licitación, en cuanto a la valoración de la Propuesta Económica presentada por MMC LOGISTICA SL la mesa de contratación consideró la oferta incursa en presunción de anormalidad siendo requerida la recurrente por el plazo de 5 días hábiles “para que justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios y precise las condiciones de la oferta que sean susceptibles de determinar dicho nivel y, en particular, en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de fabricación, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para suministrar los productos, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para suministrar los productos, el respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo de mercado o que incumplan lo establecido en el artículo 201 LCSP, o la posible obtención de una ayuda de Estado”.
Una vez requerida, en tiempo y forma, la mercantil MMC LOGISTICA SL realizó el informe en el que se justificó y se detalló el presupuesto de la oferta económica presentada exponiendo que dispone de material y fabricación propia e infraestructura en materia de transporte que se efectúa con vehículos propios. En dicho informe, se muestran las tablas con los precios descompuestos que en todo momento respetan las mediciones y especificaciones contenidas en el pliego técnico. Según los datos del informe, la recurrente puede asumir la bajada del precio teniendo en cuenta que dispone, además de las mejoras que supone tener una infraestructura propia, un precio inferior en varias partidas que ofrecen los proveedores. Todo ello se presenta de manera telemática adjuntando junto con el informe, el anexo en el que se detallan las facturas proforma selladas por las empresas proveedoras de material asi como un reportaje fotográfico del diseño de los materiales ajustado a las mediciones contenidas en el pliego técnico.
Una vez realizada la contestación al requerimiento, la mesa de contratación publicaba el pasado 23 de enero a través de la Plataforma de Contratación del Sector Publico el acta de la tercera reunión de la mesa de contratación de fecha 16 de enero por la que se estimaba:
- “no justificada la no incursión en temeridad de la proposición de la referida mercantil, por lo que la Mesa de Contratación acuerda inadmitirla definitivamente”.
- Del mismo modo la Mesa continua la valoración y clasificación de las ofertas que continúan en el procedimiento y “…formula propuesta de adjudicación del contrato a favor de EDIFICARTE EVENTOS, S.L. por ser el licitador que ha presentado la mejor oferta…”.
A la vista de las actuaciones, MMC LOGISTICA SL en fecha 31 de enero solicitó mediante registro general de solicitudes una copia del informe de fecha 14 de enero de 2025, emitido por la Jefa del Servicio de Infraestructuras, en el que estima no justificada la no incursión en temeridad de la proposición económica presentada por MMC LOGISTICA SL.
Seguidamente en fecha 3 de febrero a través de la Plataforma de Contratación del Sector Publico se publica el informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad emitido por la Fefa del servicio de contrataciones del Ayuntamiento de San Fernando en el que se recoge lo siguiente:
“…2. Conclusión a la documentación aportada:
Primero. En los precios descompuestos que presenta, baja notablemente los precios de varios productos, especialmente el de los Tableros Marinos. En la factura del proveedor esta especificado el precio de tablero marino, sin embargo, en el pliego de condiciones técnicas de este contrato se requiere tableros marinos tablero de 15mm a dos caras vistas. Por lo que lo ofertado no cumple con lo requerido.
Segundo. La empresa presenta un reportaje fotográfico de las estructuras a fabricar objeto de la licitación, aunque en líneas generales se parece a lo requerido, no se corresponde totalmente con el diseño requerido, ya que con la presentación que la empresa ofrece no se consigue el aspecto necesario para el entelado posterior.
Por lo tanto, esta jefatura de servicio considera no viable la ejecución del contrato de suministro en régimen de compra de barandillas perimetrales y separadores para la tribuna de la carrera oficial de la Semana Santa de San Fernando, por parte de la empresa «MMC LOGISTICA S.L. “, de acuerdo con la propuesta económica presentada…”.
Si se analiza el contenido de estas conclusiones se puede considerar, y así lo indica la empresa granadina, que en cuanto a la primera conclusión en la que se requieren tableros marinos de 15 mm es exactamente lo que indica MMC Logística en el documento presentado bajo la factura emitida por el proveedor Maderas Alfonso, en la que aparece este tipo de tablero correspondiente por tanto a las características técnicas requeridas. Es por ello que MMC Logística SL entiende reunir las características recogidas en el pliegode prescripciones técnicas.
Igualmente sobre la segunda conclusión que emite la Jefa del Servicio de contrataciones, MMC Logistica apunta que se indica que el diseño aportado en reportaje fotográfico no se corresponde totalmente con el diseño requerido. En este caso si se analiza el diseño con el contenido que se recoge en el pliego técnico se puede apreciar que es exactamente el mismo que aparece en la planimetría. No obstante, si se acude al contenido del informe de justificación de oferta en el último párrafo de la pagina 1 se realiza la advertencia de que toda la fabricación estará siempre controlada y supervisada según indicaciones de los técnicos competentes designados por el órgano de contratación.
En estas conclusiones, que ofrece la Jefa de Servicios de Contrataciones recogidas en el informe sobre el que se basa la mesa de contratación para emitir el acta de la tercera reunión en la que se inadmite la propuesta económica presentada por MMC Logistica, no es conforme a derecho, y así lo aseguran desde la empresa granadina, puesto que según la documentación que obra en el expediente se acredita de manera mas que suficiente lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas así como en el requerimiento realizado por el servicio de contrataciones.
Es por ello que se pide se entienda como nulo de pleno derecho el decreto de la Delegación General del Área de Desarrollo de la Administración notificado el 10 de febrero como decreto de adjudicación argumentado en el acta de la mesa de contratación y en el informe emitido por la Jefa del Servicio de Contrataciones.
A un mes del Lunes Santo, toca esperar algo más.