El presidente del Consejo de hermandades y cofradías, Eduardo Coto Martínez, afirmó a los representantes de las hermandades en el último de los plenos celebrados que sopesaba la intención de plantear la celebración mínima de plenos generales ordinarios que marca los estatutos del propio Consejo de hermandades.
Esta decisión, totalmente contraria a un carácter de transparencia y participación de las hermandades, viene como respuesta a la noticia publicada por nuestro medio en el que informábamos de la incorrecta tramitación de una subvención por parte del ente que preside Eduardo Coto Martínez y el público concocimiento de los acuerdos adoptados por el pleno general ordinario.
De esta manera tal como indica el artículo 26 del capítulo segundo de los estatutos del Consejo, el pleno general ordinario se reunirá como mínimo dos veces al año. En el caso de existir hermandades de penitencia y de gloria -como ocurre en San Fernando- las normas indica que se realizarán al menos dos plenos específicos de cada tipología.
Sobre estos plenos, el primero de ellos de cada año, se deberá celebrar en el primer trimestre del año, debiéndose celebrar el último en el último trimestre del año. En el primero de ellos se debe realizar obligatoriamente la aprobación de cuentas, así como el presupuesto del siguiente ejercicio mientras que en el último pleno se deberá realizar la lectura y aprobación de la memoria informativa de actividades así como del proyecto anual de actividades a realizar en el ejercicio siguiente.






