La Audiencia de Cádiz ha ratificado la inadmisión a trámite de la querella presentada por el sacerdote Rafael Vez contra el obispo de Cádiz, Rafael Zornoza, al que acusaba de haber «perjudicado y atentado gravemente» contra su «fama y consideración».
En un auto fechado el pasado 20 de diciembre, la Audiencia rechaza el recurso presentado por el sacerdote contra la decisión del juzgado de instrucción número 3 de inadmitir a trámite la querella. El escrito señala que «es evidente que el obispo diocesano ha procedido a adoptar una serie de decisiones en el ejercicio de su diócesis y en base a serias discrepancias» entre el prelado y el sacerdote Rafael Vez, «inferior jerárquico suyo».
«La documentación aportada pone de relieve múltiples advertencias previas e intentos de resolución pacífica del conflicto por parte del querellado, monseñor Zornoza, previos a la adopción de los diferentes decretos que aparecen documentados», señala el auto, recuerda que uno de los decretos «por los que el presbítero fue amonestado por el señor obispo fue confirmado por la Congregación para el Clero, que declaró haber actuado el prelado conforme a derecho».
«El contenido de los decretos del prelado no sugieren, tras una atenta lectura, una exacerbación o exceso gratuitos en grosero menosprecio o vilipendio del señor Vez Palomino», señala el escrito, que rechaza también que exista «el elemento objetivo de injurias cuando las manifestaciones que se imputan deslde el Obispado al presbítero y que han trascendido a la prensa son ciertamente genéricas».
«Ni que decir tiene que tampoco se dan los elementos típicos del delito de coacciones ni del delito contra la integridad moral, y evidentemente, si alguna cuestión relativa al procedimiento canónico debe ser reservada no es tampoco el cauce penal para depurarlo, sino como bien indica la juez a quo, de acuerdo a las prescripciones del Derecho Eclesiástico o, a lo sumo, ante la jurisdicción civil».