El Consejo local de hermandades y cofradías de San Fernando ha dado por iniciado el plazo en firme para la presentación de la documentación por parte de las hermandades de cara a la subvención de actos extraordinarios celebrados en el presente año.
Una subvención que viene macada por la polémica del pasado año en la que un cambio en la documentación enviada por parte del Consejo bajo firma del presidente del Consejo de hermandades, Eduardo Coto Martínez, y del secretario de la entidad, Rafael López Ponce, modificaba uno de los documentos aportados en los que se regulaba dicha subvención, y en los que se cambiaba la cuantía específica destinada a las hermandades -que en convocatorias anteriores era de 8.000 euros- eliminándose esta apreciación dentro de los documentos timbrado con los escudos del Ayuntamiento de San Fernando y el propio Consejo local de hermandades y cofradías.
Esta modificación en la documentación aportada hizo que las hermandades perdieran un total de 10 mil euros -ya que no se repartió en virtud de los criterios enviados en el mes de octubre del pasado año- como explicábamos el pasado mes de mayo en un análisis profundo del cual se trató -nuestro artículo- por más de 45 minutos en el Pleno del citado Consejo ese mismo día.
Tras esta modificación en documento público por parte de Eduardo Coto Martínez y Rafael López Ponce se plantea, junto a un grupo de Hermanos Mayores de corporaciones, una modificación en las bases reguladoras de esta subvención y en los aspectos baremables de la misma.
¿Qué diferencia a la subvención de este año de la del 2025?
La principal y primera de las diferencias que encontramos es que vuelve a estipularse y garantizarse una distribución mínima de 8.000€ para hermandades y cofradías, punto que desató la polémica en esta subvención del pasado año.
Además dentro de las actividades subvencionables se añaden no solo actos extraordinarios por aniversarios o efemérides sino que también se tienen en cuenta expresamente los proyectos con finalidad social. Dentro de la baremación el aspecto más determinante sigue siendo el aniversario fundacional que se mantiene en 25 puntos. El aniversario por bendición de imagen pasa de 15 a 20 puntos, mientras que aspectos como aniversarios de Coronaciones Canónicas pasa de 10 a 15 puntos. Se estipula también, que no aparecía en años anteriores, un apartado de otros actos relevantes que puede llegar a una puntación de hasta 10 puntos con exclusiones y nuevos supuestos.
Los proyectos sociales o caritativos, que no existía como criterio específico, se añaden como nuevo criterio con hasta 15 puntos. Se suman también las actividades para niños de 0 a 12 años, que reciben una puntuación adicional así como se estipula como elemento puntuable la participación de entidades de San Fernando.
Tampoco existía previametne una baremación detallada para las salidas extraordinarias que ahora toma un nuevo baremo según el tipo de paso y acompañamiento musical, y la participación juvenil que no aportaba puntuación alguna y que con un nuevo criterio suma hasta 9 puntos. Tampoco se especificaba el volumen de facturación y ahora toma rango de importancia con un nuevo criterio de 1 a 10 puntos.
Como apartado anecdótico se incluye como anexo equivalente las 27 hermandades dentro de las bases de esta subvención
Nuevos criterios de puntuación en 2026
Dentro de los nuevos criterios el priero que añade una baremación distinta es a la hora de las procesiones extraordinarias que se catalogan de la siguiente manera según la puntuación que se le adjudica:
- Paso de palio con banda: 25 puntos.
- Paso de palio sin banda: 16 puntos.
- Paso de misterio, gloria, carroza o templete con banda: 18 puntos.
- Paso de misterio, gloria, carroza o templete sin banda: 12 puntos.
- Parihuela con acompañamiento musical: 5 puntos.
- Parihuela sin acompañamiento musical: 3 puntos.
Actos relevantes
Se mantienen o regulan distintos supuestos dentro de estos actos:
- Aniversario fundacional: 25 puntos.
- Bendición de imagen: 20 puntos.
- Coronación Canónica: 15 puntos.
- Otros acontecimientos relevantes: hasta 10 puntos.
Las bases de 2026 aclaran que no se consideran acontecimientos relevantes, entre otros, los relacionados únicamente con insignias, atributos, pasos, plataformas o vestimenta. En cambio, sí pueden valorarse los títulos honoríficos o patronazgos municipales.
Finalidad social
Se introduce una nueva valoración de proyectos sociales o caritativos, con un máximo de 15 puntos. Se concede especial consideración a:
- Programas dirigidos a menores de entre 0 y 12 años.
- Actividades desarrolladas por agrupaciones o entidades de San Fernando.
Además se pueden obtener hasta 9 puntos por la realización de hasta tres actividades con participación de jóvenes de entre 12 y 18 años.
Cada actividad debe contar, según las nuevas bases, con un mínimo de 50 participantes y acreditarse documentalmente.
Volumen de facturación
También se añade un criterio económico que en este caso es de 10 puntos para la entidad con mayor volumen de facturación. El resto recibe una puntuación proporcional.









