El listado de enfermedades que dan acceso a una incapacidad permanente en España no es determinante para que un trabajador reciba la pensión correspondiente. Y es que solo el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social, también conocido como INSS, puede establecer el grado de incapacidad del afectado para realizar su profesión habitual.
La pérdida de visión puede ser una razón por la que el Tribunal Médico conceda una incapacidad permanente, pero hay que tener en cuenta la situación médica individual de cada persona para saber cuál es el grado que le corresponde. Cabe destacar que, en cualquier caso, la última palabra la tendrá la Seguridad Social o la Justicia, en caso de reclamación.
Incapacidad permanente por pérdida de visión
Los expertos de ‘CampmanyAbogados’ explican que «conforme al nivel de pérdida de visión, se puede conceder uno u otro grado de incapacidad permanente -o ninguno, según casos». Así, una persona que haya perdido la visión puede solicitar la incapacidad permanente, aunque deberá cumplir ciertos requisitos para que finalmente acceda a dicha prestación.
Así, uno de los aspectos claves en la pérdida de visión es la ceguera, cuyo grado se encuentra fijado médicamente cuando es inferior a 0,1 en ambos ojos. Si la Seguridad Social comprueba que el trabajador tiene este porcentaje de pérdida de visión o superior, le otorgará un grado de incapacidad permanente u otro dependiendo de su situación.
En concreto, la incapacidad permanente se otorga a los trabajadores que tienen limitaciones a la hora de realizar su profesión habitual. El Tribunal Médico establecerá un grado u otro dependiendo del porcentaje de pérdida de visión que presente el afectado.
Grados de incapacidad permanente por pérdida de visión
En España, la Seguridad Social cuenta con cuatro grados de incapacidad permanente, que se otorgan a los trabajadores dependiendo de su situación médica. Existen distintas enfermedades que dan derecho a una incapacidad, aunque el grado dependerá de las limitaciones que presente en las pruebas médicas.
Según ‘CampmanyAbogados’ cada trabajador puede obtener los siguientes grados de incapacidad permanente por pérdida de visión según estos criterios:
- Incapacidad permanente Parcial: un ojo afectado (o los dos, pero de forma parcial), y/o hay una pérdida de visión global de entre el 24 y 36%.
- Incapacidad permanente Total: cuando pérdida global de visión se sitúa entre el 37 y el 50%.
- Incapacidad permanente Absoluta: si la pérdida de visión global es mayor del 50%.
- Gran Invalidez: si la visión es inferior a 0,1 en ambos casos, ya que sería considerado ceguera.
La pensión de incapacidad permanente por Gran Invalidez solo se otorga a los trabajadores que sufren secuelas de un accidente o enfermedad que les inhabilita para realizar las actividad básicas de la vida cotidiana. Además, también pueden necesitar la ayuda de terceras personas en su día a día.