Muchos trabajadores que realizaron prácticas formativas antes de 2024, tienen ahora la posibilidad de recuperar años de cotización de cara a su jubilación. Esta medida, fijada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, permite suscribir un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y se podrá solicitar hasta el 31 de diciembre de 2028.
El objetivo es compensar los periodos de prácticas que, en su momento, no generaron cotización. Tal como destacan los expertos de BBVA, «los ciudadanos podrán recuperar hasta cinco años de cotización de las prácticas formativas que hubieran realizado, a través de la suscripción del correspondiente convenio especial de cotización».
¿Quién puede acogerse y qué tipo de prácticas cuenta?
La nueva normativa del Gobierno busca mejorar las cotizaciones de trabajadores que realizaron prácticas formativas no remuneradas antes de 2024. Así, existen ciertos requisitos y criterios a tener en cuenta.
Este nuevo marco legal aplica a personas que realizaron prácticas sin cotizar en su momento. Los beneficiarios potenciales incluyen:
- Estudiantes universitarios (grado, máster, doctorado o títulos propios)
- Alumnos de Formación Profesional (no en modalidad intensiva)
- Participantes en enseñanzas artísticas superiores y deportivas
- Becarios de programas de formación investigadora, en España o en el extranjero
No podrán suscribir el convenio quienes ya sean pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, salvo excepciones contempladas en el artículo 2.2 de la Orden TAS/2865/2003.
¿Cuánto tiempo se puede recuperar y cómo solicitarlo?
Se podrán recuperar hasta 1.825 días cotizados (5 años), incluso si ya se hubieran recuperado 2 años mediante la normativa de 2011. El coste varía en función del periodo en el que se realizaron las prácticas.
El cálculo se basa en la base mínima de cotización vigente en el año de la práctica, no en la actual, y se aplicará un coeficiente reductor del 0,77 para rebajar el coste total.
El pago de la cotización se podrá realizar en un pago único, dentro del mes siguiente a la formalización del convenio. O, en su caso, en plazos mensuales, hasta el doble de tiempo que se quiere recuperar, con un máximo de 84 meses (7 años).
Tal y como establece la normativa, la solicitud puede presentarse de forma telemática a través del portal oficial de la Seguridad Social, en el apartado de trámites relacionados con “Alta, baja o variación de datos del convenio especial”.
La administración dispone de hasta seis meses para emitir una resolución. Además, en su caso, quienes hayan solicitado la recuperación de cotizaciones entre mayo y agosto de 2024, podrán acogerse a nuevas condiciones más ventajosas.