A la hora de solicitar una incapacidad permanente en España, uno de los elementos más determinantes es el contenido del informe médico. Este documento debe acreditar no solo las patologías que sufre el paciente, sino también el impacto funcional que dichas dolencias tienen en su vida cotidiana y, especialmente, en su capacidad para trabajar.
En 2025, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y los tribunales médicos valoran con especial atención que los informes médicos estén bien estructurados, contengan información actualizada y, sobre todo, describan con claridad las limitaciones que impiden al solicitante desempeñar su profesión habitual o cualquier otra. Los informes deben comenzar por incluir un diagnóstico médico claro, que no solo identifique las patologías principales, sino que también refleje la existencia de pluripatologías si las hubiera. Es decir, enfermedades que interactúan entre sí y agravan el estado de salud del paciente. A continuación, se debe detallar la evolución de cada patología, indicando si se trata de una dolencia crónica, degenerativa o si presenta recaídas constantes. Este tipo de información es esencial para demostrar que no existe una expectativa de mejoría a corto o medio plazo.
El apartado clave del informe médico para la incapacidad permanente
Un apartado clave del informe es el referido a los tratamientos realizados. El documento debe indicar si se han agotado las opciones terapéuticas disponibles, si se han realizado intervenciones quirúrgicas, terapias farmacológicas o rehabilitación, y si estas han resultado ineficaces. En este punto, es fundamental que el informe deje constancia de que el paciente se encuentra en una situación de «agotamiento terapéutico». Pero lo más importante para el INSS y el tribunal médico son las limitaciones funcionales.
El informe debe enumerar, de forma específica y detallada, las restricciones que sufre el solicitante en su día a día: dificultades para caminar, estar de pie, levantar peso, concentrarse, mantener la atención o incluso realizar tareas básicas como asearse, cocinar o desplazarse. Estas limitaciones deben estar descritas en términos médicos y funcionales, reflejando cómo afectan a la capacidad laboral de la persona. También es recomendable incluir informes de especialistas, como traumatólogos, neurólogos o psiquiatras, ya que sus valoraciones suelen tener más peso que las de medicina general.
Los informes privados son válidos si están bien documentados y se enlazan con los públicos. Además, desde 2024 es posible acceder digitalmente al informe de síntesis del INSS, que resume toda la historia clínica del paciente y puede ser utilizado como prueba principal en el procedimiento de incapacidad. Finalmente, es importante recordar que el solicitante tiene derecho a acceder a todos sus informes médicos, tanto por vía telemática como presencial. Incluir todos estos elementos en la solicitud no garantiza el reconocimiento de la incapacidad, pero aumenta notablemente las posibilidades de éxito.