Antonio Casado Delgado condenado por incorporar a su patrimonio 352 mil euros
El Tribunal Metropolitano de la Archidiócesis de Sevilla en una sentencia con fecha de 4 de diciembre de 2020 ha condenado al sacerdote Antonio Casado Delgado como culpable del delito de administración desleal de los bienes eclesiásticos en su función de cura-Párroco de El Divino Pastor de Vejer de la Frontera, Cádiz.
También le considera culpable del delito de incorporar a su patrimonio personal, mediante transferencias bancarias a sus cuentas personales, la cantidad de 352.528,61 euros, procedentes de la masa parroquial.
La sentencia considera los hechos que motivaron la querella por los supuestos de administración desleal e incorporación a su patrimonio personal como probados.
El citado Tribunal le ha impuesto las siguientes penas canónicas: restitución al patrimonio económico de la parroquia de El Divino Salvador, de Vejer de la Frontera, de la cantidad sustraída; la reclusión en el monasterio o casa de retiro espiritual designado a tal efecto por el obispo de Cádiz y Ceuta, por un período de cinco años, con prohibición de ejercer públicamente el ministerio ordenado; y la prohibición indefinida de ejercer cualquier oficio canónico que conlleve la administración de bienes eclesiásticos.
Esta sentencia puede ser apelada ante el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España o ante el Tribunal de la Rota Romana.
En su defensa, el sacerdote acusado, alegaba que estaba siendo extorsionado por unos funcionarios del país de origen del hijo que tenía recibido en adopción, pero que desconocía que estaba cometiendo un delito. Y que tampoco acudió ni a la autoridad civil, ni a la eclesiástica, para exponer la situación en la que se encontraba.
Antonio Casado reconoció en el proceso canónico que durante su oficio de párroco realizó una serie de trasferencias a una cuenta personal suya y que dichas cantidades eran inmediatamente trasferidas a otra cuenta a nombre de Miguela Domingo Centeno. Fueron un total de 164 movimientos bancarios. La entidad incluso investigó este movimiento de capital por si se estuviera tratando de un caso de blanqueo de dinero.
Miguela Domingo Centeno, propuesta como testigo de la defensa del acusado, no compareció ante el Tribunal el día de la citación, ni alegó excusa alguna para su incomparecencia.
La sentencia también dedica un apartado a la intervención en el caso del obispo diocesano, una vez tuvo conocimiento de lo que había ocurrido. Después de diversas conversaciones del obispo con el sacerdote para que asumiera la responsabilidad y devolviera el dinero sustraído, el obispo solicitó al acusado la renuncia al oficio de párroco, además de amonestarlo canónicamente y encomendar la gestión de la parroquia al ecónomo diocesano.
Transcurrido un mes sin que el acusado mostrara signos de arrepentimiento y sin devolver la cantidad sustraída, el obispo procedió a prorrogarle el plazo para que recapacitara sobre la situación, pidiera perdón y restituyera los bienes trasferidos a su cuenta personal. No aceptando el hoy condenado las reconvenciones del obispo, éste procedió a suspenderlo del ejercicio ministerial.
El sacerdote Antonio Casado Delgado está además siendo investigado en un procedimiento penal en el Juzgado de Barbate a raíz de la investigación presentada por la Guardia Civil y donde se le acusa de distraer fondos de la parroquia de Vejer de la Frontera.
Este es el primer caso que motivó el inicio de una campaña mediática contra el obispo de Cádiz y Ceuta, que enarbola el sacerdote isleño Rafael Vez Palomino, quien está al igual que Antonio Casado suspendido cautelarmente del ejercicio de su ministerio sacerdotal.